Qué es y cómo solicitar Visa B2 turista
La visa de turista a los Estados Unidos de América, también conocida como Visa B2, es una visa de no inmigrante emitida a personas que ingresan a los EE. UU. temporalmente por placer, turismo o tratamiento médico.
Cualquier ciudadano extranjero que quiera visitar los EE. UU. por turismo, visitar a familiares y amigos, asistir a eventos especiales como funciones y ceremonias familiares, o para recibir tratamiento médico, puede calificar y solicitar la visa de visitante.
Beneficios de la Visa B2
- No necesitas una petición de visa aprobada por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) para solicitar la visa B2.
- Puedes solicitar una visa B2 en persona en el Consulado más cercano a tu residencia
- No requieres un patrocinador para solicitar la visa B2
- La visa B2 es más rápida y fácil de obtener
Nota: Los ciudadanos de ciertos países no requieren visa si el viaje es de menos de 90 días. Esto se conoce como Programa de Exención de Visa de EE. UU. (Visa Waiver Program).
Requisitos de la visa B2
Para calificar para la visa de viaje B2, debes demostrar que:
- El propósito de tu viaje es recorrer los EE. UU.
- Tienes una residencia permanente en tu país de origen que no tienes intención de abandonar
- Tiene lazos vinculantes con tu país de origen en forma de propiedad, familia o un trabajo permanente.
- No vienes a los EE. UU. para brindar servicios o participar en actividades comerciales que son principalmente para el beneficio de un empleador de los EE. UU.
- Tienes suficientes recursos financieros para financiar el viaje, incluidos todos los gastos de viaje, alojamiento y manutención durante tu estancia en los EE. UU. En caso de que no tengas los suficientes recursos financieros para financiar el viaje, un patrocinador debe proporcionar evidencia de que te brindará apoyo.
Cómo solicitar la visa B2
Puedes solicitar la visa de turista B2 en el consulado estadounidense más cercano a tu residencia. Tu lista de verificación de documentos de solicitud de visa B2 debe incluir:
- Formulario DOS DS-160, Solicitud de visa de no inmigrante
- Tu pasaporte que sea válido por al menos seis meses más allá del período de estadía en los EE. UU. y con al menos una página en blanco
- Dos fotografías en color idénticas que muestran el rostro completo sin nada que cubra la cabeza contra un fondo claro. Puedes usar un tocado si así lo requiere una orden religiosa de la que seas miembro.
- Cartas de invitación de tus amigos o familiares en los EE.UU.
- Una copia de tu itinerario de viaje.
- Documentación que demuestre tu capacidad e intención, o la de tus amigos o familiares en los EE. UU., para respaldar tu viaje y otros gastos.
- Documentación que establezca tu estado personal, como certificados de matrimonio, cartas que confirmen tu empleo, extractos bancarios y recibos de pago, etc.
¿Por cuánto tiempo puedes estar en USA con visa de turista?
Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) admiten visitantes B2 por placer durante un período de tiempo justo y razonable para completar el propósito de la visita.
El Inspector de Inmigración de USCIS normalmente otorga a los visitantes B2 un período de estadía autorizado de seis meses. Cuando solicitas ingresar a los EE. UU., se te pedirá que expliques a un inspector de inmigración de USCIS la naturaleza y el propósito de tu visita para que el inspector pueda determinar la duración adecuada de la estadía.
¿Cómo extender tu estadía en USA con visa B2?
Existen dos maneras de extender tu estadía en los Estados Unidos, solicitar la extensión de la visa B2 o solicitar cambio de estatus:
- Extensión de visa de turista
Puedes solicitar la extensión de la visa B2 siempre y cuando la solicitud se deba a razones humanitarias inesperadas o convincentes, como tratamiento médico o retraso imprevisto en la conclusión de un asunto comercial.
Debes presentar la solicitud utilizando el Formulario I-539 y demostrar que tienes los recursos financieros adecuados para continuar estando en los EE. UU. y que mantienes la residencia en el extranjero.
- Cambio de Estatus
Puedes cambiar de una visa de turista B2 a otra categoría de no inmigrante siempre que puedas demostrar que no tenías una intención preconcebida de cambiar de estatus. Si tienes la intención de cambiar el estatus a F1, M1 o J1, debes indicar tu intención al solicitar la visa B2.
Preguntas Frecuentes
¿Existen restricciones de viaje para la visa B-2?
Si tienes una visa de entrada múltiple, no hay restricciones sobre la cantidad de veces que puedes viajar dentro y fuera de los EE. UU. con la visa B-2. Puedes permanecer fuera de los EE. UU. todo el tiempo que desees y volver a ingresar a los EE. UU. antes de que expire tu visa de turista.
¿Puedo estudiar o trabajar con una visa de turista estadounidense?
No, no puede estudiar ni trabajar con una visa de turista estadounidense. Sin embargo, el consulado puede permitirte participar en una capacitación de corta duración o en un curso de empresa, siempre que tu empresa patrocinadora se haga cargo de los gastos.
¿Puedo traer a mis dependientes con la visa B-2?
Sí, puedes traer a miembros de tu familia inmediata o la de tu cónyuge o sus parientes para que se queden contigo. También puedes traer un empleado doméstico o personal con estatus de no inmigrante, siempre que puedas demostrar que:
- Él o ella no está abandonando se residencia de su país de origen
- Él o ella ha trabajado para ti durante al menos un año, o ha tenido una relación laboral continua contigo, y tiene al menos un año de experiencia como empleado doméstico.
Nota: Cada persona que viaje debe calificar para la visa B-2 y obtener su propia visa.
¿La visa B-2 me garantiza la entrada a los EE. UU.?
La visa de turista B-2 no te garantiza la entrada a los EE. UU. Un oficial del USCIS te entrevistará cuando llegues a los EE. UU. y determinará tu elegibilidad para ingresar a USA. Si el oficial considera que no es elegible, se te negará la entrada a los EE.UU.
Tengo una visa B en mi pasaporte anterior. ¿Puedo transferirla a mi nuevo pasaporte?
No es posible transferir la visa de un pasaporte a otro, sin realizar una nueva solicitud de visa. No obstante, si la visa B2 aún es válida, puedes presentarla junto con tu nuevo pasaporte cuando busques ingresar a los EE. UU.
Nota: La Embajada ya no emite visas válidas “indefinidamente”.
Mi pasaporte que contiene una visa B válida ha caducado y obtuve un pasaporte nuevo. ¿Necesito una nueva visa ahora?
Si el pasaporte en el que se ha colocado tu visa ha vencido y la visa en dicho pasaporte aún es válida, debes llevar tanto el pasaporte nuevo como el viejo contigo, siempre y cuando sean de la misma nacionalidad.
Nota: Al cancelar tu pasaporte anterior, si la autoridad de pasaportes ha recortado las esquinas del pasaporte y, al hacerlo, ha dañado la visa de alguna manera, esa visa ya no es válida y no se puede usar para viajar a los EE. UU.
Mi pasaporte caduca pronto. ¿Necesito obtener un nuevo pasaporte o visa?
Si bien las reglamentaciones de visas establecen que un pasaporte debe ser válido durante al menos seis meses después de tu estancia, el gobierno de los EE. UU. puede considerar que tu pasaporte es válido hasta que salga de los EE. UU.
Nota: Si viajas sin visa y tu pasaporte es válido por menos de 90 días, se permitirá quedarte solo hasta la fecha de vencimiento del pasaporte.
Tengo una visa de turista B2. ¿Necesito también un billete de vuelta?
Si tienes una visa de turista B2, no estás obligado a tener un boleto de regreso; puedes ingresar a los EE. UU. con un boleto de ida. Sin embargo, si no tienes un billete de ida y vuelta, puedes tener dificultades para probar el carácter temporal de tu estancia.
¿Qué debo hacer después de recibir la visa B-2?
Verifica la exactitud de todos los datos de tu visa B-2, incluidos el nombre, la fecha de nacimiento, el número de pasaporte, el sexo y la fotografía. Debes informar al personal de la Sección Consular de cualquier error.
¿Es el CBP, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. el organismo autorizado para extender la aprobación en el Puerto de Entrada?
Sí, la CBP, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. es la única autoridad para permitir o denegar la admisión a un ciudadano extranjero en el puerto de entrada.
Nota: De hecho, el período durante el cual el ciudadano extranjero está autorizado a permanecer en los EE. UU. lo determina la CBP, y no el Oficial Consular del Departamento de Estado.